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2026-04-13
Circular SRI No. NAC-DGECCGC26-00000003: IVA aplicado a servicios financieros
El 31 de marzo de 2026 el Servicio de Rentas Internas emitió la Circular Nro. NAC-DGECCGC26-00000003 que contiene un pronunciamiento relacionado con el tratamiento del impuesto al valor agregado (IVA) aplicable a los servicios que presten entidades financieras, incluyendo cargos, comisiones y entre otros. En lo principal, la Administración Tributaria señala que:Los servicios prestados de forma habitual por las entidades del sistema financiero, así como las comisiones inherentes a las operaciones activas y demás servicios autorizados, se encuentran gravados con IVA a la tarifa vigente (15%). Esto incluye, entre otros:
- Cobros y cargos a establecimientos por consumos realizados con tarjetas y en cualquier modalidad, ya sean corrientes o diferidos, con o sin intereses.
- Comisiones pagadas por comercios a entidades financieras por consumos de clientes, realizados con tarjetas y en cualquier modalidad. ya sean corrientes, diferidos, con o sin intereses.
- Cobros por transferencias interbancarias nacionales e internacionales.
- Cobros por pagos interbancarios realizados mediante plataforma móviles y envío de dinero en línea.
- Cobro por comisiones y demás servicios financieros que se efectúen a los socios, clientes o usuarios.
Se establece que la obligación tributaria del IVA se configura al momento de la prestación del servicio o del pago, debiendo las entidades financieras liquidar el impuesto en todas las operaciones gravadas, independientemente de la calidad del beneficiario del servicio (ya sea que se trate de cliente, usuario, socio u otro).
Las entidades del sistema financiero privado, del sector popular y solidario, actúan como agentes de percepción del IVA, siendo responsables de la correcta liquidación, declaración y pago del IVA derivado de los servicios financieros que presten.
El presente es un resumen de los aspectos tributarios relevantes contenidos en la Circular Nro. NAC-DGECCGC26-00000003, y no necesariamente refleja la opinión de Robalino®; por tanto, no puede ser considerada como asesoría prestada.
Si usted desea conocer más información sobre el contenido, no dude en contactarnos a unidadtributaria@robalinolaw.com
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